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Subvenciones para Apoyo a la Actividad Comercial en Municipios Rurales
En el BOCM de 31 de julio de 2024 se han publicado las Bases Reguladoras de las Ayudas al Comercio y la Hostelería dirigida a municipios de menos de 1.000 habitantes.


Esta nueva iniciativa de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local a través de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, destinada a revitalizar la vida comercial en los municipios de la Comunidad de Madrid, con menos de 1.000 habitantes, tiene como objetivo apoyar el tejido productivo, el empleo y los servicios de proximidad, facilitando tanto el mantenimiento de la población residente como la atracción de nueva población. 

Con esta finalidad, se han establecido dos líneas de subvenciones dirigidas a empresarios que tengan o pretendan crear un comercio con local abierto al público: 

1. Línea 1: Ayudas a la apertura de nuevos establecimientos comerciales de productos y servicios básicos. 

o Importe de las ayudas: entre 5.000 y 10.000 euros. 

o Se otorgará un mayor importe a aquellos establecimientos en municipios sin actividad comercial alguna.

2. Línea 2: Ayudas al mantenimiento de establecimientos comerciales de productos y servicios básicos ya existentes. 

o Importe de las ayudas: 3.000 euros por establecimiento. 


Para el ejercicio 2024, se ha destinado un crédito total de 700.000 euros para estas subvenciones, con el fin de impulsar comercios de productos o servicios básicos y bienes de primera necesidad, tales como: 

  •  Productos alimenticios, alimentación animal, productos higiénicos, asistencia a personas mayores o dependientes, ópticas, ortopedias, podología y asistencia sanitaria a animales. 
  •  Servicios relacionados con la protección y atención a víctimas de violencia de género y servicios de psicología. 
  •  Servicios de limpieza, mantenimiento y reparaciones.
  •    Mercerías, peluquerías, gimnasios, academias, ferreterías, carpinterías, tiendas de ropa, calzado, puntos de venta de prensa, agencias de publicidad y comunicación privadas, empresas de telecomunicaciones y audiovisuales, servicios informáticos esenciales y estancos. 
  • Servicios en el ámbito de la actividad turística. 
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Las subvenciones están sujetas a obligaciones en cuanto a horario y periodos de apertura al público para los beneficiarios. 

Estas medidas forman parte del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el periodo 2024-2025. 

Documentos Adjuntos